El Tribunal Constitucional de Portugal dictaminó que el matrimonio entre personas del mismo sexo es anticonstitucional, según informa Europa Press. La Corte rechazó así el recurso presentado por dos mujeres contra la decisión de un tribunal de Lisboa que les había negado el derecho a casarse en 2006.
Las afectadas, Teresa Pires y Helena Paixao, todavía pueden presentar un recurso interno al dictamen del Constitucional, y tienen planes de recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según informa la prensa local. Ellas apelan a la supuesta inconstitucionalidad del término "sexo opuesto" incluido en la definición de matrimonio que figura en el Código Civil, ya que la Carta Magna prohíbe explícitamente la discriminación basada en la orientación sexual.
La decisión del alto tribunal no fue unánime, de los cinco consejeros que se pronunciaron sobre la cuestión, dos de ellos consideraron que el matrimonio entre estas dos mujeres sí sería constitucional. Este hecho ha sido interpretado muy positivamente por la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas (ILGA, por sus siglas en inglés) portuguesa, así como por el abogado de la pareja.
El presidente de ILGA en Portugal, Paulo Corte-Real declaró que "la decisión hace más evidente la urgencia de resolver esta cuestión a través del Parlamento" y consideró que el hecho de que dos jueces hayan dado la razón a las mujeres "refuerza la obligatoriedad que existe de casar a dos personas del mismo sexo que así lo deseen". "En ese contexto, el Parlamento no tiene espacio para decidir, porque la Constitución indica que pueden casarse", agregó.
Tema electoral
A dos meses de las elecciones generales en Portugal, los analistas descuentan que el tema del matrimonio homosexual irrumpirá en la campaña, ya que es una de las promesas electoral del gobernante Partido Socialista.
Las afectadas, Teresa Pires y Helena Paixao, todavía pueden presentar un recurso interno al dictamen del Constitucional, y tienen planes de recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según informa la prensa local. Ellas apelan a la supuesta inconstitucionalidad del término "sexo opuesto" incluido en la definición de matrimonio que figura en el Código Civil, ya que la Carta Magna prohíbe explícitamente la discriminación basada en la orientación sexual.
La decisión del alto tribunal no fue unánime, de los cinco consejeros que se pronunciaron sobre la cuestión, dos de ellos consideraron que el matrimonio entre estas dos mujeres sí sería constitucional. Este hecho ha sido interpretado muy positivamente por la Asociación Internacional de Gays y Lesbianas (ILGA, por sus siglas en inglés) portuguesa, así como por el abogado de la pareja.
El presidente de ILGA en Portugal, Paulo Corte-Real declaró que "la decisión hace más evidente la urgencia de resolver esta cuestión a través del Parlamento" y consideró que el hecho de que dos jueces hayan dado la razón a las mujeres "refuerza la obligatoriedad que existe de casar a dos personas del mismo sexo que así lo deseen". "En ese contexto, el Parlamento no tiene espacio para decidir, porque la Constitución indica que pueden casarse", agregó.
Tema electoral
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