Víctor Juárez y Carlos Rojas
Corresponsales en Lima y Bogotá
En Perú y en Colombia los homosexuales pueden entrar libremente a las Fuerzas Armadas.
Eso no ocurre en Ecuador. Durante el proceso de selección, los militares eliminan a los aspirantes que tienen una orientación homosexual. Asimismo, en el Reglamento de Disciplina Militar se sanciona con la baja a quienes cometen actos de homosexualidad dentro y fuera de los cuarteles.
La reformas a las Fuerzas Armadas peruanas son recientes. En el 2006 se permitió el ingreso de homosexuales, lo que ocurrió luego de una reforma al Código de Justicia Militar, durante la presidencia de Alejandro Toledo.
Esta medida se tomó a partir de una demanda de inconstitucionalidad que, en diciembre del 2002, presentó la Defensoría del Pueblo. La institución quería que se derogue el artículo 269 del antiguo Código de Justicia Militar.
En es norma se sancionaba con expulsión “a los militares que practican actos sexuales con personas del mismo sexo, dentro o fuera de los cuarteles”. Mientras que los miembros de tropa eran castigados con prisión.
Durante la discusión participaron varios sectores. Uno de ellos, fue el Movimiento Homosexual de Lima. Su secretario, Aldo Araujo, dijo que “la orientación sexual no es indicativo de antipatriotismo ni de cobardía”. Por su parte, Roberto Pereira, de la Defensoría del Pueblo, recordó que “ese Código era inconstitucional e incompatible con los criterios del Estado de Derecho. Contradecía la Constitución porque vulneraba el principio de igualdad y penalizaba conductas no lesivas”.
El debate finalizó en octubre del 2004 con una resolución del Tribunal Constitucional. Esa decisión declaró inconstitucional el artículo 269 y exhortó al Legislativo a modificar la norma militar.
La Comisión de Defensa del Congreso trabajó en el tema. El ex presidente de la entidad, Luis Iberico, señaló que lo único que hicieron fue adecuar la norma militar a la Constitución peruana, para que no haya discriminación.
En el caso colombiano, las reformas a la legislación militar están a punto de cumplir una década. En 1989, el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Armadas consideraba al homosexualismo y a la prostitución como prácticas antisociales.
El artículo 184 de esa legislación señalaba que son “faltas contra el honor militar el concubinato y el adulterio notorio; asociarse o mantener relación con personal que sea considerado como delincuentes o antisociales como drogadictos, homosexuales, prostitutas y proxenetas”. La ejecución de actos, tanto en el ejercicio militar como fuera, atentaba contra la dignidad de la institución.
Este reglamento estuvo vigente hasta 1999. Cuando en la nueva Constitución se reconoció el derecho de todas las personas al libre desarrollo de su personalidad y se declaró como ilegal la discriminación a los homosexuales.
Ese mismo año se produjo el cambio en los reglamentos de las Fuerzas Armadas. En los archivos de la Corte Constitucional de Colombia reposa una sentencia que se dictó en ese año para enmendar el polémico artículo184.
Específicamente, se eliminó el concepto antisocial y delincuencial con el cual se definían a las prácticas homosexuales y de prostitución. También se prohibió que los militares sean sancionados por vivir en adulterio o concubinato, pues se supone que estos actos se realizan en el marco de la intimidad de sus vidas y no dañan la majestad de las FF.AA.
Para Daniel Noboa, técnico administrativo de la Fuerza Aérea de Colombia y especializado en Derecho, este mandato constitucional es la mayor garantía de que cualquier colombiano puede desarrollar su profesión sin importar su raza, religión o condición sexual. “La Fuerza Aérea no puede discriminar a sus miembros por sus preferencias sexuales”.
No obstante, la Corte Constitucional colombiana sí facultó a las instituciones militares para que, dentro de sus códigos disciplinarios, regulen y sancionen la ejecución de actos sexuales, sean ellos homosexuales o heterosexuales, que se realicen dentro de las instalaciones castrenses.
El objetivo de este fallo es precautelar los valores de disciplina y orden que deben caracterizar a las Fuerzas Armadas, dice el fallo del organismo.
Puntos de vista. Dos visiones de la reformas militares
Miguel Rueda. Coordinador del Centro Comunitario LGBT en Bogotá
El rechazo es de tipo cultural
Está claro que por Ley, las FF.AA. no pueden sancionar o excluir a uno de sus miembros por su condición sexual.
Tampoco es un impedimento para que una persona homosexual pueda ingresar a la institución. En ese aspecto hay un avance dentro de la legislación.
Sin embargo, nosotros pretendemos disminuir los niveles de discriminación y homofobia hacia las poblaciones de lesbianas, gay, bisexuales y transgéneros. Y en las fuerzas colombianas es evidente que aún existen esas actitudes hacia gente de preferencia sexual diversa. Quizás éste sea un problema cultural antes que legal. En todo el mundo ser militar es sinónimo de ser hombre bien macho.
Yo no soy militar y no puedo decir si está bien o mal que, en aras de mantener la disciplina y el orden al interior de esta institución, se consideren como faltas los actos sexuales públicos, dentro de los cuarteles o en pleno servicio. Pero acepto que esa regla se extienda hacia heterosexuales y homosexuales sin marcar diferencia, así se evita que sea discriminatorio.
Samuel Abad. Ex Defensor Adjunto de la Defensoría en Perú
No es un delito ser homosexual
Nosotros presentamos la demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en el 2002. Nuestro propósito era que se elimine la prohibición de ingresar a las FF.AA. en contra de los homosexuales, ya que era discriminatorio. La despenalización de la homosexualidad se inició por los años setenta en Alemania (1998 en Ecuador); desde entonces la legislación comparada de países democráticos ya no penaliza ese tipo de situaciones por ser un tema del ámbito privado y prácticas entre adultos.
El Código Militar era contrario a los derechos fundamentales como la dignidad del ser humano, en particular la orientación sexual, y violaba también el derecho a la intimidad.
La Defensoría actuó de oficio, porque no existen denuncias concretas de militares que hayan sido dados de baja o sancionados por ser homosexuales. Sin embargo, esta prohibición se consideraba una violación a los derechos de cada persona, así como a la Constitución. Actualmente ya no se considera un delito el ser homosexual.
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